Si tenés dos minutos, esto es lo que tenés que saber:
- Cruzada Nacional y otros partidos de oposición exigen la apertura del Sobre 4 ante sus sospechas de fraude en las elecciones generales. Manifestantes que protestan hace dos semanas exigen lo mismo.
- El TSJE resolvió no hacer lugar al pedido de apertura de este sobre, el recuento de boletines de voto y la auditoría internacional del voto electrónico.
- El artículo 3 de la Ley N° 6318/2019 establece que las boletas de votación deben ser resguardadas por el TSJE en el Sobre 4. No dice el motivo, el tiempo de resguardo, ni que pueden ser recontadas o auditadas.
- Federico Legal, abogado especialista en derecho al acceso a la información pública, sostiene que este derecho podría permitir acceder a las boletas del Sobre 4 porque la ley no lo prohíbe. Explica que, si se encuentran enormes inconsistencias, el TSJE podría actuar de oficio y producir pruebas para un juzgamiento.
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El Sobre 4 contiene los boletines de voto utilizados en cada mesa de votación: válidos, blancos y nulos, y queda bajo custodia del Juzgado Electoral de la circunscripción. Es uno de los ocho sobres que se usaron en las elecciones del 30 de abril, en las que el candidato colorado, Santiago Peña, resultó presidente electo.
El desconocido sobre llegó a boca de todos luego de que Cruzada Nacional, del excandidato presidencial Paraguayo Cubas, y otros partidos de oposición exigieron al TSJE su apertura para realizar un recuento de votos y así esclarecer las sospechas de fraude electoral. Cubas quedó tercero en la votación según los resultados preliminares y su partido se convirtió en la tercera fuerza electoral.
Para Yolanda Paredes, senadora electa por Cruzada Nacional, la apertura del Sobre 4 “es la garantía de la transparencia y del respeto de la voluntad popular”. Este pedido es acompañado por el expresidenciable de la Concertación, Efraín Alegre, que anunció que recurrirá a la Ley de Acceso a la Información Pública “para acceder a lo que (el TSJE) no quiere mostrar”.
Un sobre hecho “para no tirar papeletas a la basura”, según el TSJE
César Rossel, vicepresidente del TSJE, explicó que la ley electoral no contempla el recuento de votos y que el Sobre 4 está hecho “para no tirar más las papeletas a la basura y guardarlas como reza la ley”. Rossel calificó de “peligroso” abrirlo y sostuvo que “la justicia no está facultada para hacer una interpretación extensiva de la ley”, refiriéndose al recuento de votos.
El artículo 3 de la Ley N° 6318/2019 establece que los boletines de voto deben ser resguardados por el TSJE. Según Carlos María Ljubetic, director de Procesos Electorales del TSJE, no se sabe “cuánto tiempo tenemos que resguardar. Pero se supone que debe estar en custodia hasta que se proclamen todas las elecciones y un tiempo prudencial posterior”.
El 10 de mayo, el TSJE ratificó la posición que ya habían adelantado sus autoridades en declaraciones a medios y rechazó la apertura del Sobre 4. Tampoco hizo lugar al pedido de recuento de boletines de voto, suspensión del cómputo y juzgamiento definitivo de las elecciones y auditoría internacional del voto electrónico.
La resolución del TSJE explica que en Derecho Electoral, como rama del Derecho Público, la interpretación de las normas es restrictiva y que no se puede legislar sobre algo que no esté contemplado en la ley. El documento menciona que no existe “disposición legal que faculte a los órganos de la Justicia Electoral al recuento de los boletines de voto” y que “acceder a lo solicitado produciría un quebrantamiento al procedimiento” de las elecciones.
Ante la negativa del TSJE, ciudadanos ingresaron numerosos pedidos al portal unificado de Información Pública para solicitar a la Justicia Electoral que dé a conocer el contenido del Sobre 4. Para algunos especialistas en acceso a la información pública, recurrir a este derecho puede ser una alternativa.
El Sobre 4 y el derecho al acceso a la información pública
Federico Legal, abogado especialista en derecho al acceso a la información pública, explicó en entrevista con La Precisa que la apertura del Sobre 4 “al no estar expresamente prohibida por ley o declararse esa información como reservada, entonces su acceso debería ser libre y la sociedad o la prensa podría realizar un escrutinio, si bien no tendría la validez jurídica de un acto electoral”.
Sobre la validez jurídica, señaló que si se detectan enormes inconsistencias entre el resultado del escrutinio y la información contenida en el Sobre 4, “podría llevar a que el TSJE, de oficio, pueda producir las pruebas necesarias para hacer un juzgamiento”.
Ese escenario se daría en el hipotético caso de que el TSJE accediera a entregar esa información en respuesta a pedidos de información pública de ciudadanos. Legal aclara que el TSJE es el órgano que puede determinar si el contenido del sobre es información reservada. Si rechaza las solicitudes de información pública, el siguiente paso para el ciudadano que hizo el pedido sería un juicio de amparo, cuya definición ya queda en manos del Poder Judicial.
Para Legal, las denuncias de fraude, las deficiencias legislativas, la duda sobre el proceso electoral, “debilitan el contexto democrático de Paraguay. Lastimosamente, el escenario político actual demuestra que no hay mucha voluntad para la transparencia”. Según el especialista, “en el futuro se debe pensar en reformas en la normativa electoral, de manera a otorgar mayor seguridad, mayor transparencia, mayores garantías en materia de escrutinio”.
Mientras tanto, los manifestantes que denuncian fraude electoral, exigen la apertura del Sobre 4 y la liberación de Cubas – que cayó preso el 5 de mayo -, siguen con las protestas en varios puntos del país. Sostienen que no existe credibilidad en el proceso electoral.