#LaPrecisa

Más allá de las promesas de campaña, los espacios de desarrollo infantil en el trabajo son un derecho

Tanto Santiago Peña, candidato a la Presidencia por el Partido Colorado, como Efraín Alegre, candidato por la Concertación, prometieron «guarderías» a las madres trabajadoras. Pero los espacios de desarrollo infantil son un derecho ya contemplado en el Código del Trabajo.

Verificado · Actualizado

Si tenés un minuto:

  • El 7 de marzo, a horas del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, Santiago Peña anunció en un spot dirigido a las madres que en su gobierno implementarían guarderías gratuitas. 

  • La Concertación también anunció la creación de guarderías «para que las madres puedan trabajar, estudiar y progresar», durante un acto político en Central el 12 de marzo. Lo publicaron oficialmente en la página de Instagram de Mujeres Ganar al día siguiente.

  • Más allá de las promesas electorales, estos espacios de cuidado infantil son derechos ya previstos en la legislación. El artículo 134 del Código Laboral señala que los establecimientos industriales o comerciales con más de cincuenta trabajadores de cualquier sexo están obligados a habilitar salas o guarderías para niños menores de dos años, donde se los cuide durante el tiempo de trabajo de su padre o madre.

  • También el artículo 50 del Código de la Niñez y la Adolescencia establece que una de las atribuciones de las CODENI es proveer servicios de salas maternales, guarderías y jardines de infantes para la atención del niño cuyo padre o madre trabaje fuera del hogar.

Si tenés más tiempo, te contamos más:

El 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer Trabajadora, mientras cientos de mujeres estaban exigiendo derechos en la plaza de la Democracia del microcentro de Asunción, el candidato a la Presidencia por el Partido Colorado, Santiago Peña envió un mensaje de texto dirigido a las madres: «En mi gobierno vamos a apoyar a las madres con guarderías gratuitas». 

El día anterior lanzó un spot con esta propuesta de campaña. «Estas guarderías gratuitas serán fundamentales para la estimulación temprana de nuestra primera infancia que es clave para su desarrollo», dice Peña en el video. 

La Concertación no se quedó atrás. Efraín Alegre, candidato a la Presidencia por la coalición opositora, y su dupla vicepresidencial, Soledad Nuñez, también propusieron oficialmente la creación de guarderías gratuitas en una publicación de Instagram el 13 de marzo. «Estamos unidas para cuidar nuestro futuro protegiendo a nuestros niños y niñas. Con guarderías para que las madres puedan trabajar, estudiar y progresar tranquilas sabiendo que sus hijos están cuidados, seguros y bien alimentados», expresan en la publicación. 

Pero ambos candidatos dejaron de lado que los espacios de desarrollo integral infantil (EDI), antes llamadas «guarderías», más allá de una propuesta de campaña, son un derecho de las familias trabajadoras que ya está previsto en la ley. 

Antes que todo, una precisión

Ya no hablamos de guarderías. Teresa Martínez, ministra de la Niñez y la Adolescencia, en diálogo con La Precisa explicó que niños y niñas son personas y sujetos de derecho, por tanto, lo correcto es hablar de «espacios de cuidado» o «espacios de desarrollo integral infantil». La diferencia no es sólo terminológica sino también conceptual.

«Cuando uno habla de que el niño tiene derecho a un desarrollo integral se refiere al bienestar, a la atención integral, al cuidado. Y si partimos del derecho que tienen las familias a estar protegidas, asistidas, no podemos hablar de “guarderías” porque los niños no son un objeto que hay que guardar. Cuando hablamos de “guarderías” hablamos de cosas, algo que llevás y guardás, ya sea para proteger para que no te roben o para lo que sea. Estamos cosificando al ser humano», apunta la ministra. 

Martínez mencionó otra razón por la cual las guarderías, entendidas como lugares donde se los «guarda» mientras que la familia va a trabajar, no son una opción para niños y niñas en su primera infancia. Y es que en su proceso de desarrollo, los niños tienen que estar en contacto con la naturaleza, con sus padres y/o madres, con la comunidad, a través de un sistema de cuidado comunitario y no en un sistema de aulas.

Esto es lo que dice la ley sobre los espacios de cuidado en el trabajo

Según el artículo 134 del Código Laboral, los establecimientos industriales o comerciales en que trabajan más de cincuenta trabajadores de cualquier sexo, están obligados a habilitar salas o guarderías para niños menores de dos años, donde quedarán bajo cuidado durante el tiempo de trabajo de su padre o madre.

Una empresa puede habilitar el espacio de cuidado infantil en el trabajo, tercerizar el servicio o pagar una suma de dinero al trabajador y la trabajadora con el mismo fin. La Precisa consultó al Ministerio del Trabajo cuál es el nivel de cumplimiento de las empresas respecto al artículo 134 del Código Laboral pero no obtuvo respuesta. A datos de 2020, tenía sólo  21 fiscalizadores para controlar el cumplimiento de esta y otras normas en todo el país. 

En un documento publicado en 2019, el ministerio identificó más de 2.000 empresas públicas y privadas que tienen en sus planteles al menos 50 trabajadores y trabajadoras. Estas son 2.000 empresas que deben proveer espacios de cuidado a hijos e hijas de trabajadores.

«Este espacio de cuidado, por ley, no es solamente para que la mamá tenga la posibilidad de trabajar. El Código Laboral establece que donde hay 50 personas trabajando, la institución tiene que poner un espacio de cuidado, al que antes le llamaban “guarderías”. Acá hay que exigir desde el ámbito laboral que las empresas pongan esos espacios», expresa la ministra Martínez. 

La ley laboral  no es la única al respecto. También el artículo 50, inciso H, del Código de la Niñez y la Adolescencia establece que dentro de las atribuciones de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI) se encuentra la de proveer servicios de salas maternales, espacios de cuidado infantil y jardines de infantes para la atención del niño cuyo padre o madre trabaje fuera del hogar.

Algunas de las instituciones públicas que cuentan con espacios de cuidado infantil son el Banco Central, de la ANDE, el Ministerio Público, el Ministerio de la Niñez, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Trabajo, Senadores y Diputados, Itaipú y Yacyretá. 

La realidad de programas de cuidado infantil en Paraguay

Más allá del cumplimiento del Código Laboral, hay un sector de mujeres trabajadoras informales que no tienen garantizado el acceso a espacios de cuidado infantil. De acuerdo a los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en su informe “Ocupación Informal No Agropecuaria”, la tasa de informalidad femenina es mayor a la masculina. 

En 2021, 66,3% de las mujeres ocupadas trabajaba en un empleo informal, mientras que el 62,6% de los hombres trabajaba en la informalidad. Los hombres tienen, sin embargo, mayor presencia en términos absolutos en el empleo informal: 985 mil son hombres y 820 mil son mujeres, aproximadamente.

«Muchas de esas mujeres trabajadoras (informales) son mujeres solas. Entonces, se busca por un lado la formalización con microemprendimientos porque también se capacita las mujeres en habilidades para que puedan entrar en el sistema formal, de los negocios, para bancarizarse, un montón de cosas que hay que hacer en conjunto, por eso no podemos hablar de una guardería», continúa la ministra.

Este abordaje del espacio de cuidados busca no solamente «guardar» a los niños y niñas sino trabajar en contexto para que las familias egresen de los subsidios, que mejoren su calidad de vida. En los espacios de desarrollo infantil las familias tienen un propósito específico que es el proteger el derecho del niño en esa etapa tan importante de su vida, su desarrollo integral.

Uno de los programas que funcionan de esta manera es Kunu’ũ, que agrupa a 9 instituciones del Gobierno Nacional: Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Ministerio de Educación y Ciencias, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Justicia, Ministerio de Hacienda, Secretaría de Planificación y Unidad de Gestión de la Presidencia de la República.

Se trata de una estrategia de atención integral a la primera infancia que pretende asegurar que todos los programas sectoriales identificados como esenciales en el Sistema de Protección Social puedan llegar a los mismos niños y niñas, en sus territorios. 

Contempla un componente educativo/informativo que busca servir de fuente de referencia a madres, padres y cuidadores, con el fin de fortalecer sus capacidades en cuanto al cuidado de las infancias. Según indicó la ministra, hay 19 espacios de cuidado infantil en el país, dos de ellos están ubicados en Asunción. 

También existe el programa Centro de Bienestar de la Infancia y la Familia (CEBINFA) desarrollado por el Instituto de Bienestar Social (IBS), dependiente del Ministerio de Salud, dirigido a la atención de la primera infancia. Se trata de espacios de desarrollo infantil, donde se brinda una atención integral a niños y niñas de entre 4 meses y 5 años. Actualmente, existen 29 servicios de CEBINFA ubicados en Asunción, Central, Paraguarí, Concepción y Ñeembucú,

Los programas de cuidado infantil, como política pública, tienen todavía un alcance limitado en Paraguay. La oferta pública de programas y servicios de educación y cuidados para la primera infancia está sustentada en diversos marcos normativos y desarrollados desde diferentes ámbitos institucionales.

Hacia una ley del cuidado 

Un proyecto de ley presentado por las diputadas Rocío Abed (ANR), Carmen de Jesús Giménez de Ovando (ANR), Kattya González (PEN), Pilar Medina (ANR) y Jazmín Narváez (ANR) plantea crear un sistema nacional para que las tareas de cuidado dejen de recaer solo en las familias. La ley busca garantizar cuidados para niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 60 años  o personas con discapacidades que dependan de otras para realizar actividades de la vida diaria. 

Quienes necesiten acceder a un servicio de cuidado, podrían anotarse y recibir una prestación económica, un subsidio total o parcial. En caso de ser una persona que ofrece un servicio de cuidado, recibiría un subsidio. También establece la coordinación con las universidades para que ofrezcan programas de profesionalización en cuidados y la certificación de prestadores que ya existen. 

La Encuesta de Uso del Tiempo mostró en 2016 que el promedio de horas dedicadas a tareas no remuneradas de cuidado a miembros del hogar fue de 7,5 horas para los hombres y de 12,9 horas para las mujeres. Si estos números se actualizarán a lo vivido a causa de la pandemia de la covid-19, estos números mostrarían una realidad ampliada de lo que significaron las tareas de cuidado no remuneradas en el seno de las familias.

Con la ley sobre el Sistema Nacional de Cuidados (SINACUP) se busca reducir la carga de trabajo de cuidado no remunerado en las casas haciendo partícipes de esta tarea al Estado, la comunidad, organizaciones y empresas del sector privado. El proyecto contempla que el Estado destine recursos del Presupuesto General de la Nación y aún sigue en trámite en las comisiones de la Cámara de Diputados.

Fuentes

Entrevista con Teresa Martínez, ministra de la Niñez y la Adolescencia

👤
El Surti
🗓
12/04/2023

Art. 50 de la Ley Nº 1680 / Código de la Niñez y la Adolescencia

👤
Biblioteca y Archivo del Congreso Nacional (BACN)
🗓
30/05/2001

Art. 134 de la Ley Nº 496 / modifica, amplía y deroga artículos de la Ley 213/93, código del trabajo

👤
Biblioteca y Archivo del Congreso Nacional (BACN)
🗓
22/08/1995

Las mujeres que no pueden parar

👤
El Surti
🗓
06/03/2020

Centros de Bienestar de la Infancia y la Familia

👤
Instituto de Bienestar Social
🗓
13/08/2015

Documento Marco para el Diseño de la Política Nacional de Cuidados en el Paraguay

👤
Ministerio de la Mujer y ONU Mujeres
🗓
28/01/2020

Encuesta sobre uso del tiempo

👤
Encuestas y Censos (DGEEC)
🗓
05/12/2017

Concertación plantea centros para adultos mayores y guarderías en cada distrito

👤
Última Hora
🗓
13/03/2023

Más sobre las elecciones:

Seguí nuestra cobertura

Guía para identificar encuestruchas

¿Qué hace a una encuesta confiable? Acá algunos tips para identificarlas.

Cinco tipos de desinformación en las elecciones de Paraguay

La desinformación se puede clasificar según su intención de generar daño o engañar, desde parodias hasta contenidos completamente fabricados.

Teorías de conspiración: una forma de desinformación presente en las elecciones de Paraguay

Contenidos fabricados con características de «teorías conspirativas» sobre candidatos políticos se viralizan por canales de mensajería. Aprendé a identificarlos.

Metodología y Política de corrección

Enviá tus correcciones a elsurti@memetic.media

#LaPrecisa es la sección de fact-check de El Surtidor. Aquí verificamos información y discurso que tiene el poder de construir la opinión pública y definir políticas del país. Con el uso de datos abiertos y otras fuentes, buscamos que la gente tenga la precisa para evaluar y cuestionar los temas que forman parte del debate diario.

 

 

Basado en la experiencia de Chequeado y los principios de la International Fact-Checking Network (IFCN), el proceso de verificación implica:

  • Seleccionar una frase del ámbito público
  • Ponderar su relevanciaConsultar a la fuente original
  • Consultar a la fuente oficial
  • Consultar a fuentes alternativas
  • Ubicar en contexto
  • Confirmar, relativizar o desmentir la afirmación
  • Calificar

Verificamos información que contenga:

  • Datos históricos
  • Datos estadísticos
  • Comparaciones
  • Afirmaciones legales o constitucionales

NO verificamos:

  • Opiniones
  • Previsiones del futuro

Monitoreamos y verificamos el discurso de personas que influyen y definen políticas, como quienes integran:

  • El Poder Ejecutivo
  • El Poder Legislativo
  • La Corte Suprema de Justicia
  • El Tribunal Superior de Justicia Electoral
  • Empresas estatales (Ande, Essap, etc.)
  • Partidos políticos
  • Gremios de producción
  • Conferencia Episcopal Paraguaya

 

  • Cierto: La afirmación pudo ser confirmada por diversas fuentes.
  • Impreciso: Se catalogan como imprecisas las expresiones que carecen de rigurosidad pero que no se alejan en gran medida del dato preciso.
  • Discutible: La afirmación es parcialmente cierta pero carece de contexto y/o es cuestionada por una o más fuentes.
  • Humo: No se puede confirmar la afirmación porque carece de fuentes verificables. Tampoco hay datos para rebatirla.
  • Falso: La afirmación es exagerada o directamente falsa.

 

La Precisa de El Surtidor busca el máximo de rigor en la información que publica pero, como se sabe, nadie es perfecto. Por eso, nos comprometemos a rectificar la información inexacta que hubiéramos difundido.

En caso de que una persona ponga en aviso a El Surtidor sobre un posible error en una verificación, el equipo se tomará un máximo de 48 horas para una revisión del contenido. Y en caso de ser necesario, publicará una corrección y actualización de la nota.

Si comprobamos que cometimos un error, éste será enmendado y se consignará la modificación con una explicación, fecha de modificación y razones. Si es necesario modificar la calificación de una verificación, ese cambio también estará documentado en la nota.

Cuando una vez publicado un chequeo, nos llega información relevante que complementa, amplía y actualiza datos, la incluimos con el título de «Actualización» y una explicación sobre la pertinencia del agregado, además de la fecha.